La nueva Constitución fue promulgada el 19 de marzo, solemnidad de San José. Da una estructura más misionera a la Curia, para que esté cada vez más al servicio de las Iglesias particulares y de la evangelización. Entrará en vigor el 5 de junio, solemnidad de Pentecostés.

AFP – Osservatorie Romano – Curia romana

Fruto de un largo proceso de escucha, sustituye a la «Pastor bonus» de Juan Pablo II, promulgada el 28 de junio de 1988 y consta de 250 artículos.

La nueva Constitución confirma un camino de reforma ya aplicado casi en su totalidad en los últimos nueve años, a través de las fusiones y ajustes que se han producido y que han dado lugar al nacimiento de nuevos Dicasterios.

Entre las novedades más significativas contenidas en el documento está la unificación del Dicasterio para la Evangelización de la antigua Congregación para la Evangelización de los Pueblos y el Consejo Pontificio para la Promoción de la Nueva Evangelización. Los dos responsables de los dicasterios se convierten en pro-prefectos, ya que la prefectura de este nuevo Dicasterio está reservada al Papa. De hecho, la Constitución dice: «El Dicasterio para la Evangelización está presidido directamente por el Romano Pontífice».

Se crea también el Dicasterio para el Servicio de la Caridad, llamado también “Elemosineria Apostólica”, una expresión especial de la misericordia. A partir de la opción por los pobres, los vulnerables y los excluidos, ejerce en cualquier parte del mundo la obra de asistencia y ayuda hacia ellos en nombre del Romano Pontífice. En los casos de particular indigencia u otra necesidad, el Papa dispone personalmente las ayudas que se han de asignar.

La Constitución Apostólica presenta, en este orden, los Dicasterios de la Evangelización, de la Doctrina de la Fe y del Servicio de la Caridad.

Otra fusión se refiere a la Comisión para la Protección de Menores, que pasa a formar parte del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, continuando con sus propias normas y teniendo su propio presidente y secretario.

El preámbulo recuerda que todo cristiano es un discípulo misionero. Entre los principios generales es fundamental la especificación de que todos -y por tanto también los fieles laicos- pueden ser nombrados para funciones de gobierno en la Curia Romana, en virtud del poder vicario del Sucesor de Pedro:

«Todo cristiano, en virtud del Bautismo, es discípulo misionero en la medida en que ha encontrado el amor de Dios en Cristo Jesús. Esto no puede dejar de tenerse en cuenta en la actualización de la Curia, cuya reforma, por tanto, debe prever la participación de los laicos, también en funciones de gobierno y responsabilidad«.

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